Por CruisesNews Media Group
El Procicat (Plan Territorial de Protección Civil de Cataluña) dio luz verde a publicar el procedimiento para que los cruceros turísticos puedan volver a Cataluña de cara a esta temporada de verano.
En concreto, validó el procedimiento que deberán seguir las navieras para que se autorice la actividad turística de cruceros con bandera europea entre puertos situados en Cataluña.
Para hacerlo posible, las navieras deberán presentar a la Secretaría de Salud Pública una solicitud de aceptación del protocolo de actuación y notificación que se deberá seguir para el desembarco de casos sospechosos o confirmados de COVID-19 y la gestión de contactos en su ámbito territorial. Lo tendrán que hacer con 20 días de antelación a comenzar el crucero o la primera escala, y la Secretaría de Salud Pública deberá responder esta solicitud en un máximo de cinco días.
En la solicitud, las navieras deberán exponer la actividad que realizará el crucero, informando del itinerario detallado (indicando las fechas y los puertos del litoral catalán donde se realizarán escalas), del programa de actividades de los pasajeros y de las características del propio barco (capacidad máxima de pasajeros y tripulantes autorizada y número máximo de pasajeros y tripulantes con quien pretende operar en Cataluña).
Además, la naviera deberá presentar un plan de salud para la prevención y mitigación de riesgos sanitarios derivados de la COVID-19, en el que se describirán los medios sanitarios con que contará el barco y la capacidad de diagnóstico a bordo mediante tipos de pruebas diagnósticas de infección activa. Este plan también establecerá los aforos previstos según espacios, lugares y servicios, comunes o no (camarotes), los elementos de señalización e información a los usuarios y a la tripulación sobre medidas a seguir, las medidas de higiene en el barco, los planes de limpieza, desinfección y ventilación y los circuitos para minimizar contactos entre tripulación y pasajeros.
Por último, el agente crucerista deberá presentar una declaración responsable en la que se indique: el centro sanitario concertado por la naviera para atender pacientes de COVID-19 que se desembarquen y para la derivación de casos sospechosos para su confirmación diagnóstica; un plan de alojamiento concertado para pacientes asintomáticos o que no requieran ingreso hospitalario; un plan de alojamiento para los contactos estrechos que tengan que pasar cuarentena en caso necesario, antes de la vuelta a su domicilio o en el barco; así como el seguro contratado para cubrir todos los gastos que se originan en los centros concertados, tanto sanitarios, como alojamientos.