Por Redacción PortalCruceros.cl
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La naviera Seabourn está actualizando sus protocolos y procedimientos Covid-19 para pasajeros, estableciendo que, para la mayoría de los cruceros de menos de 16 noches, las personas que cuenten con todas las vacunas ya no necesitarán presentar una prueba del virus previa al viaje y aquellos individuos no vacunados solo deberán presentar una prueba autoadministrada, realizada dentro de los tres días posteriores a la navegación.
Los cambios entrarían en vigencia para los cruceros que salgan a partir del 6 de septiembre de 2022, además, los protocolos no se aplicarán a los itinerarios de países donde las regulaciones locales pueden variar, incluidos Canadá, Australia y Grecia.
Bajo este contexto, el presidente de Seabourn, Josh Leibowitz, comentó que “nuestro objetivo es ofrecer una experiencia de vacaciones de lujo que no tiene igual en calidad, seguridad y alegría. Estas pautas actualizadas reflejan nuestro compromiso continuo de proteger a nuestros huéspedes, las personas en las comunidades a las que tocamos y servimos, y a nuestros empleados a bordo y en tierra. Esperamos dar la bienvenida a todos los huéspedes a bordo y brindar momentos Seabourn inolvidables”.
Cruceros de hasta 15 noches
A partir de los 5 años y sin incluir los tránsitos completos por el Canal de Panamá, transoceánicos y viajes remotos designados; establece que los pasajeros inoculados deben proporcionar evidencia del estado de vacunación antes del embarque y ya no se requerirán pruebas previas al crucero.
Además, los viajero que no estén vacunados serán permitidos a bordo y deberán proporcionar los resultados de una prueba negativa supervisada por un médico o de una autoprueba realizada dentro de los tres días posteriores al embarque.
Protocolos para cruceros de 16 noches o más
Todos los pasajeros deberán presentar una prueba Covid-19 supervisada médicamente con un resultado negativo por escrito. La prueba debe realizarse dentro de los tres días posteriores al embarque.
Los viajeros deberán estás vacunados o solicitar una exención. Medidas aplicables para los itinerarios mencionados junto con aquellos que contemplen tránsito por el Canal de Panamá, transoceánico y viajes remotos designados, para mayores de 5 años