Por Redacción PortalCruceros.cl
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El Presidente de Uruguay, Luis Lacalle Pou, firmó el decreto por el cual se flexibilizan las medidas de ingreso al país de extranjeros a partir del 1 de noviembre, gracias a la expansión de la vacunación tanto a nivel nacional, regional y mundial y a la mejora de la situación sanitaria del país.
A partir de esa fecha se autoriza el ingreso a aquellos extranjeros que acrediten haber recibido la única dosis o las dos dosis, según corresponda al tipo de vacuna suministrada, contra el virus SARS CoV-2 aprobadas por su país de origen, dentro de los últimos nueve meses previos al embarque al país y cumplido los plazos de espera respectivos para lograr la inmunidad efectiva. En tal caso, deberán exhibir certificado emitido por la autoridad sanitaria de su país de origen, que acredite la vacunación y el cumplimiento de los plazos referidos.
También a los foráneos que hayan cursado la enfermedad Covid-19 dentro de los últimos 90 días previos al embarque o arribo al país, lo que se deberá acreditar mediante resultado positivo de test por técnica de biología molecular PCR-RT o test de detección de antígenos, realizado entre un máximo de 90 y hasta 20 días previos al embarque o arribo al país, según corresponda.
En caso de que el ingreso al país sea a través de un medio de transporte comercial de pasajeros, como aviones o cruceros, la acreditación del test negativo deberá realizarse previo al embarque ante la compañía correspondiente.
Aquellas personas que ingresen, deberán repetir un nuevo test al séptimo día del primero, cuyo resultado deberá ser negativo.
Quedan exceptuados de realizarse un test de detección del virus SARS CoV-2, los menores de seis años.