Por Redacción PortalCruceros.cl
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El gobierno de Chile promulgó la modificación a la Ley 3.059 de 1979 para autorizar el cabotaje de personas a bordo de cruceros de bandera extranjera, tras su publicación en el Diario Oficial.
La normativa promulgada, que entra en vigencia en el país como Ley de la República, luego de varios años de tramitación, tiene el objetivo permitir el cabotaje de personas en cruceros internacionales, con capacidad de pernoctación y puedan transportar a un número igual o superior a 400 pasajeros, durante su paso por los puertos chilenos.
“Se entenderá por cabotaje de pasajeros, el transporte marítimo, fluvial o lacustre de pasajeros, cuyo origen y destino sean puntos del territorio nacional y entre éstos y artefactos navales instalados en el mar territorial o en la zona económica exclusiva. Las naves de pasajeros extranjeras podrán participar en el cabotaje marítimo entre puertos, siempre y cuando su capacidad de transporte sea igual o superior a 400 pasajeros, cuenten con capacidad de pernoctación a bordo y tengan como función el transporte de pasajeros con fines turísticos”, estableció la modificación al decreto.
Además, “la exigencia relativa a que el cabotaje de pasajeros por naves extranjeras deba desarrollarse solamente entre puertos no será aplicable a las recaladas de dichas naves en el Archipiélago Juan Fernández y en Isla de Pascua.”.
Cabe destacar que el proyecto de ley fue presentado por los senadores Alejandro Navarro, Alejandro Guillier y Ricardo Lagos Weber tras ser aprobada en la Cámara de Diputados a mediados de enero por 116 votos a favor y 1 abstención.